PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 299

 Para solicitar la reserva de prioridad no será necesario en ningún caso la matriculación previa o simultánea. La solicitud en ningún caso admitirá inscripción provisoria. La reserva de prioridad tributará como una solicitud de información registral de acuerdo al artículo 368 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 380.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 299.
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