PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 262

 De las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de inversión que 
figuran en los anexos de la presente ley, el Ministerio de Transporte y 
Obras Públicas podrá ejecutar hasta la suma de $ 1.626.200.000 (pesos 
uruguayos mil seiscientos veintiséis millones doscientos mil) 
correspondientes a U$S 140.000.000 (dólares estadounidenses ciento 
cuarenta millones), durante el ejercicio 2000; hasta la suma de $ 
1.789.480.000 (pesos uruguayos mil setecientos ochenta y nueve millones 
cuatrocientos ochenta mil), correspondientes a U$S 154.000.000 (dólares 
estadounidenses ciento cincuenta y cuatro millones) en el ejercicio 2001 
y hasta la suma de $ 1.968.428.000 (pesos uruguayos mil novecientos 
sesenta y ocho millones cuatrocientos veintiocho mil) correspondientes a 
U$S 169.400.000 (dólares estadounidenses ciento sesenta y nueve millones, 
cuatrocientos mil) anuales durante los ejercicios 2002, 2003 y 2004. 
Dichas cifras son montos totales, por lo que comprenden financiamiento, 
tanto de recursos locales como de endeudamiento externo.
Los topes de ejecución antes señalados comprenden las partidas de $ 
98.421.400 (pesos uruguayos noventa y ocho millones cuatrocientos 
veintiún mil cuatrocientos) correspondientes a U$S 8.470.000 (dólares 
estadounidenses ocho millones cuatrocientos setenta mil) en el ejercicio 
2000 y de $ 136.417.880 (pesos uruguayos ciento treinta y seis millones 
cuatrocientos diecisiete mil ochocientos ochenta), correspondientes a U$S 
11.739.921 (dólares estadounidenses once millones setecientos treinta y 
nueve mil, novecientos veintiuno) anuales, en los ejercicios 2001, 2002, 
2003 y 2004 que se encuentran incorporados en el Programa 008 
(Mantenimiento de la Red Vial Departamental) con destino al Programa de 
Mantenimiento de la Caminería Rural.
Referencias al artículo
Ayuda