PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 177

 Agrégase al artículo 6º de la Ley N° 9.624, de 15 de diciembre de 1936, 
el inciso siguiente:
  "Quedan exceptuados de la fianza estatal los daños que se produzcan en
  el inmueble arrendado, provenientes de hurto, dolo, incendio o
  siniestro".

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Ley Nº 9.624 de 15/12/1936 artículo 6 Inciso 
final.
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