PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION II - FUNCIONARIOS
CAPITULO III - MEJORA DE LOS SISTEMAS DE PERSONAL

Artículo 17

 Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer, previo informe de la 
Contaduría General de la Nación y de la Oficina Nacional del Servicio 
Civil, las modificaciones necesarias conducentes a racionalizar las 
denominaciones de cargos o contratos de función pública y las de sus 
respectivas series, tendiendo a establecer una denominación o 
nomenclatura uniforme en las estructuras de las unidades ejecutoras de 
los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional y siempre que ello no 
ocasione lesión de derechos funcionales.

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