PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 110

 Facúltase a la Prefectura Nacional Naval a demorar los buques que 
cometan infracciones hasta tanto regularicen su situación a través del 
pago de la multa correspondiente, en caso de ser aplicada, o en su 
defecto, hasta que otorguen garantía suficiente a juicio de la nombrada 
Prefectura Nacional Naval.
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