PROPIEDAD INDUSTRIAL - LEY DE PATENTES




Promulgación: 02/09/1999
Publicación: 20/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 551
Reglamentada por: Decreto Nº 11/000 de 13/01/2000.
Ver en esta norma, artículo: 128.
Referencias a toda la norma

TITULO III - PATENTES DE MODELOS DE UTILIDAD

Artículo 83

 No pueden ser objeto de protección mediante una solicitud de patente de
modelo de utilidad:

A) Los cambios de forma, dimensiones, proporciones o material de un
   objeto, a no ser que tales cambios modifiquen sus cualidades o
   funciones.

B) La simple sustitución de elementos por otros ya conocidos como
   equivalentes.

C) Los procedimientos.

D) La materia excluida de protección por patente de invención de
   conformidad con la presente ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 85.
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