LEY DE MARCAS




Promulgación: 25/09/1998
Publicación: 07/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 578
Reglamentada por: Decreto Nº 34/999 de 03/02/1999.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - DE LOS DERECHOS QUE AFECTAN LAS MARCAS, LICENCIAS, PRENDA,
EMBARGO Y PROHIBICION DE INNOVAR
SECCION I - LICENCIAS

Artículo 58

A los efectos de la presente ley, licencia es un contrato accesorio al
registro marcario, por el que se concede el derecho al uso, total o
parcial, de una marca registrada o en trámite de registro, por un tiempo
determinado, en forma exclusiva o no.

 Si el contrato careciera de cláusula de exclusividad, se presumirá que no
se han otorgado derechos exclusivos al licenciatario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 62, 63 y 80.
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