LEY DE MARCAS




Promulgación: 25/09/1998
Publicación: 07/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 578
Reglamentada por: Decreto Nº 34/999 de 03/02/1999.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DEL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE UNA MARCA

Artículo 29

  La solicitud de registro de una marca se hará ante la Dirección
Nacional de la Propiedad Industrial y será acompañada de los recaudos
que ésta requiera a sus efectos. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 168.
Ver vigencia: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.011 de 25/09/1998 artículo 29.
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