LEY DE MARCAS




Promulgación: 25/09/1998
Publicación: 07/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 578
Reglamentada por: Decreto Nº 34/999 de 03/02/1999.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DE LAS ACCIONES DE OPOSICION, ANULACION Y REIVINDICACION

Artículo 20

     El titular de un derecho o de un interés directo, personal y
legítimo, podrá oponerse al registro que se intentare o solicitar la
anulación de las marcas ya inscriptas, cuando se configuren las
situaciones previstas por los artículos 4º y 5º de la presente ley. 
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