DEROGACION DEL MONOPOLIO DE DE ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS ESTABLECIDO EN BENEFICIO DE ANCAP




Promulgación: 13/06/1996
Publicación: 27/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1221

Artículo 14

   Para cumplir con los cometidos no monopólicos asignados por el artículo
1º de la Ley Nº 8.764, de 15 de octubre de 1931, y los que la presente ley
establece, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland
(ANCAP), podrá asociarse, en forma temporal o permanente, con empresas
públicas o privadas, así como celebrar con ellas cualquier tipo de
contrato con fines industriales o comerciales.
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