PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES

Artículo 757

   Concédese a los Gobiernos Departamentales del interior del país que
hayan abonado los aportes patronales devengados a partir de enero de 1995
un crédito de importe idéntico a cuenta de futuras deudas con el Banco de
Previsión Social.
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