Decláranse comprendidos dentro de la Ley Nº 16.243, de 5 de marzo de
1992, modificativas y concordantes, los promitentes compradores de
unidades inmuebles en propiedad horizontal que hayan devenido de un deudor
del sistema financiero, y que en tiempo y forma se hubieran presentado
para ser amparados por la ley de referencia. Las personas amparadas por la
presente disposición contarán con un plazo de sesenta días a partir de la
promulgación de la presente ley, para presentarse ante las instituciones
financieras acreedoras a la fecha, siempre que cumplan con los demás
requisitos exigidos por la referida Ley Nº 16.243.