PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO
CAPITULO IV - INVERSIONES

Artículo 74

    De las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de inversión
que figuran en los anexos de la presente ley, el Ministerio de Salud
Pública podrá ejecutar hasta la suma de $ 126:450.000 (pesos ciento
veintiséis millones cuatrocientos cincuenta mil) equivalente a U$S
22:500.000 (dólares de los Estados Unidos de América veintidós millones
quinientos mil) durante el Ejercicio 1996 y hasta $ 112:400.000 (pesos
ciento doce millones cuatrocientos mil) equivalente a U$S 20:000.000
(dólares de los Estados Unidos de América veinte millones) anuales durante
los Ejercicios 1997, 1998 y 1999.

   Dichas cifras son montos totales, por lo que comprenden financiamiento,
tanto de recursos locales como de endeudamiento externo.
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