PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION VIII - NORMAS DE DESREGULACION Y REFORMA ADMINISTRATIVA
CAPITULO II - REFORMULACION DE ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS DE LOS INCISOS

Artículo 713

   Facúltase al Poder Ejecutivo, para que, conjuntamente con la aprobación
de la nueva estructura interna de los Incisos, proceda a reasignar los
créditos presupuestales de los programas para adecuarlos a las nuevos
programas, estructuras y unidades ejecutoras, dando cuenta a la Asamblea
General.
   Las modificaciones de las estructuras escalafonarias de puestos de
trabajo, no podrán causar lesión de derechos funcionales.
   La reasignación de las autorizaciones presupuestales que no hubieran
sido comprometidas, sólo podrá ser realizada por el Poder Ejecutivo, dando
cuenta a la Asamblea General, siempre que ello no implique un incremento
en el total de las asignaciones presupuestales de los programas sujetos a
reestructuración, ni en sus dotaciones de personal.
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