SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 555
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo procederá a designar entre
sus actuales funcionarios Administrativo I, Escalafón "C", a quienes
ocuparán los cargos referidos en el artículo anterior, seleccionándolos
por resolución fundada y atendiendo a su idoneidad técnica comprobada y
experiencia avaladas en función de una anterior actuación en tareas de esa
naturaleza en el Organismo.