PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO
CAPITULO I - NORMAS GENERALES

Artículo 45

   Transfórmase la denominación del Programa 003 "Asesoramiento y
Auditoría Intermitente" y de la Unidad Ejecutora "Inspección General de
Hacienda" por el Programa 103 "Control Interno Posterior", Unidad
Ejecutora "Auditoría Interna de la Nación". El Poder Ejecutivo, a
propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, adecuará la estructura
orgánica de la referida Unidad Ejecutora "Auditoría Interna de la Nación".

   Transfórmase el cargo de Inspector General de Hacienda por el de
Auditor Interno de la Nación, que será provisto de acuerdo con el régimen
establecido por el artículo 7 de la Ley Nº 16.320, de 1 de noviembre de
1992. El Poder Ejecutivo determinará la forma y oportunidad en que las
dependencias de la Administración Central que desempeñen cometidos afines
a los que se le asignan a la Auditoría Interna de la Nación por la
presente ley, pasarán a la órbita de ésta con el objetivo de evitar
duplicaciones.
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