PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

    Los créditos establecidos para sueldos, gastos, inversiones, subsidios
y subvenciones están cuantificados a valores del 1º de enero de 1995, se
ajustarán en la forma dispuesta por los artículos 6, 68, 69, 70 y 82 de la
Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y sus modificativos.
    Las estructuras de cargos y funciones se consideran al 30 de junio de
1995 y a valores del 1 de enero de 1995.

    Autorízase a la Contaduría General de la Nación a actualizar la
estructura de cargos a que refiere la presente ley, en función de las
variaciones producidas entre el 1º de julio de 1995 y la fecha de su
vigencia. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 365.
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