SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 7 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 268
Regularízase de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la Ley
Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, la partida del Proyecto 747
"Desarrollo Rural" correspondiente al año 1994, por la suma de U$S
784.386 (dólares de los Estados Unidos de América setecientos ochenta y
cuatro mil trescientos ochenta y seis).
Transfiérense los créditos del Proyecto 748 "Desarrollo de los
Recursos Hídricos y Naturales" del Programa 001 al Programa 003 "Recursos
Naturales Renovables".