PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 6 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 226

   Los funcionarios del Servicio Exterior dejarán de prestar funciones en
las Misiones Diplomáticas, Delegaciones Permanentes u Oficinas Consulares
en las que estuvieren destinados al día siguiente de producirse el
vencimiento del quinquenio o la prórroga, debiendo realizarse en dicha
fecha el acta de entrega de la misión, cuando así correspondiere.
   En los casos de adscripción, la resolución del Poder Ejecutivo que la
disponga deberá establecer la fecha del cese de funciones y la de entrega
de la misión, cuando correspondiere, la que no podrá ser mayor a treinta
días.
   La presente disposición será igualmente de aplicación para los
funcionarios que ocupen cargos de confianza.
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