PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 4 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 139

   El 50% (cincuenta por ciento) de los recursos de libre disponibilidad
de las unidades ejecutoras del Ministerio del Interior, será destinado al
Programa 001 "Administración", a los efectos de la creación de un Fondo
Central para atender necesidades de unidades que así lo requieran,
correspondiendo al jerarca del Inciso reglamentar la distribución o
redistribución de los recursos.
   Derógase el artículo 218 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 153.
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