Reglamentada por: Decreto Nº 362/996 de 12/09/1996.
CAPITULO IV - PROMOCIONES ESPECIALES
La Comisión gestionará tarifas especiales, bonificaciones y facilidades para el desplazamiento de personas y de efectos, dentro o fuera del país, y las licencias que correspondan, en beneficio de la actividad musical nacional. (*)