SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 15/06/1994
Publicación: 24/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 733
Reglamentada por: Decreto Nº 369/994 de 22/08/1994.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de
noventa días a contar de la fecha de su entrada en vigencia.
La inscripción de quienes a dicha fecha se hallen ejerciendo como
representantes de firmas extranjeras deberá hacerse efectiva dentro del
plazo que determine la reglamentación, el que no podrá exceder de noventa
días a contar de la fecha del decreto respectivo.  (*)
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