FUNCIONARIOS JUDICIALES




Promulgación: 19/04/1994
Publicación: 26/04/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 410
Referencias a toda la norma

Artículo 1

 Facúltase a la Suprema Corte de Justicia a otorgar, a partir del 1º de
enero de 1994, a los funcionarios del Poder Judicial de los escalafones II
al VI un aumento del 6% (seis por ciento) sobre las remuneraciones que
perciben con cargo a los créditos presupuestales, proventos y leyes
especiales vigentes al 31 de diciembre de 1993, excluido el adelanto a
cuenta de futuros incrementos salariales otorgados por el artículo 1º del
Decreto 327/983, de 16 de setiembre de 1983, y modificativos (artículo 3
del Decreto 18/984, de 12 de enero de 1984) y la contribución para el pago
de las cuotas mensuales de salud creada por el artículo 14 de la Ley Nº
15.903, de 10 de noviembre de 1987.
(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - ANTONIO MERCADER
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