LEY DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL




Promulgación: 19/01/1994
Publicación: 26/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 114
Reglamentada por: Decreto Nº 435/994 Derogada/o de 21/09/1994.
Referencias a toda la norma

Artículo 12

  El estudio de evaluación de impacto ambiental requerido por la presente
ley, deberá ser suscrito por los técnicos intervinientes, uno de los
cuales deberá ser técnico profesional universitario con idoneidad en la
materia, que será responsable por los resultados de los estudios
presentados.
  No podrán intervenir ni suscribir estos estudios o evaluaciones de
impacto ambiental a que se refiere el literal c) del artículo 10 de la
presente ley los funcionarios del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente ni aquellos otros funcionarios públicos que
disponga la reglamentación, por considerar que existe conflicto de
intereses.
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