SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 75
El Ministerio de Educación y Cultura realizará a propuesta del Consejo
Directivo del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos
(SODRE), la reestructura escalafonaria de la Orquesta Sinfónica del
Organismo, tomando como referencia la totalidad de las retribuciones de
naturaleza salarial que perciban sus integrantes, con exclusión de la
compensación establecida por el artículo 260 de la Ley Nº 16.226, de 29 de
octubre de 1991.
El padrón de la Orquesta Sinfónica estará integrado exclusivamente por
profesores, archivistas e inspectores directamente vinculados a la misma:
99 en la Orquesta Sinfónica;
5 en Conjunto de Cámara;
1 Inspector;
1 Archivista; y
1 Ayudante Archivista.
Aféctase a esta reestructura la partida establecida en el artículo 301 de
la Ley Nº 16.320, de 1 de noviembre de 1992.