RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 54

 Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a proceder a
la venta de los productos madereros procedentes del manejo del patrimonio
forestal del Estado, que administra el citado Ministerio, conforme a las
normas vigentes.
 Queda, asimismo, facultado a fijar los precios base de venta, que se
reajustarán semestralmente sobre la base de los que rijan en el mercado
interno.
 Igualmente, podrá otorgar en régimen de comodato precario la gestión
ecológica de la denominada Isla de las Gaviotas, situada en aguas del Río
de la Plata, frente a la costa de Playa Malvín, a la persona jurídica sin
fines de lucro "Museo Marítimo Malvín". Prohíbese el acceso a la Isla de
las Gaviotas sin la previa autorización del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. La Prefectura Nacional Naval
velará por el cumplimiento de este inciso.
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