RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 48

 Los funcionarios que cumplan tareas en la unidad ejecutora 011
"Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común" del programa 011,
"Apoyo a las tareas ejecutivas del Tratado de Asunción", percibirán, hasta
tanto comience a regir la nueva estructura de cargos y funciones, una
compensación mensual sujeta a montepío, por concepto de tareas especiales.
Los funcionarios que perciban dicha compensación deberán cumplir como
mínimo un régimen de cuarenta horas semanales de labor.
 Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a habilitar una partida
anual de $ 430.000 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta mil), a fin de
atender las erogaciones generadas por el cumplimiento de lo dispuesto en
el inciso anterior.
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