SECCION VIINCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Incorpórase a la nómina del artículo 618 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, la siguiente institución sin fines de lucro, con el monto que se indica: "Museo Marítimo Malvín" $ 12.000, (pesos uruguayos doce mil).