RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 229

 Autorízase al Banco de Previsión Social a transponer del rubro 3,
"Arrendamiento de Servicios" a los rubros 0 y 1, los montos necesarios
para realizar hasta ciento cuarenta contratos de función pública en las
categorías de Digitadores, Especialistas en Telemática y personal
administrativo y de servicio del departamento de San José.
 El presente artículo será de aplicación a aquellas personas que, con
anterioridad al 30 de setiembre de 1993, se venían desempeñando en las
funciones mencionadas, y cuya relación con el organismo era de contrato de
arrendamiento de servicios.
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