RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA

Artículo 192

 La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), podrá aplicar sus
ingresos extrapresupuestales provenientes de los productos o servicios que
los  establecimientos del Organismo vendan o arrienden, al pago de
incentivos a funcionarios del Organismo y becas de ayuda económica a
estudiantes que contribuyan a generarlos. El incentivo no podrá exceder el
40% (cuarenta por ciento), de las retribuciones mensuales permanentes
sujetas a montepío.
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