SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 174
Los funcionarios del escalafón "D" Especializado, que cumplan tareas en
el Servicio de Informática Documental y de Gestión del Tribunal,
percibirán una compensación del 15% (quince por ciento), sobre sus
remuneraciones de naturaleza salarial.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales
correspondientes.