SEGUROS




Promulgación: 14/10/1993
Publicación: 21/10/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 378
Reglamentada por:
      Decreto Nº 354/994 de 17/08/1994,
      Decreto Nº 530/993 de 25/11/1993.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   Los cometidos de esta Comisión Honoraria serán:
 A) Asesorar al Poder Ejecutivo y a la Superintendencia de Seguros y
Reaseguros;
 B) Proponer al Poder Ejecutivo textos legales o reglamentarios sobre las
siguientes materias:
 1) Régimen jurídico de control estatal sobre el Banco de Seguros del
Estado, las compañías privadas de seguros y reaseguros y las personas que
ejerzan actividad de intermediación en la materia.
 2) Régimen jurídico del contrato de seguros y del de reaseguros.
   Esta Comisión Honoraria deberá, asimismo, dentro de los seis meses de
su instalación, elaborar un anteproyecto de ley a los efectos de regular
la actividad de intermediación en materia de seguros. (*)
Referencias al artículo
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