SEGUROS




Promulgación: 14/10/1993
Publicación: 21/10/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 378
Reglamentada por:
      Decreto Nº 354/994 de 17/08/1994,
      Decreto Nº 530/993 de 25/11/1993.
Referencias a toda la norma

Artículo 12

  El Poder Ejecutivo queda facultado a gravar con la tasa mínima o a
exonerar totalmente del Impuesto al Valor Agregado (Título 10 del Texto
Ordenado de 1991) los contratos de seguros relativos a los riesgos de
muerte, vejez, invalidez, enfermedades y lesiones personales.
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