RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 308

  Facúltase al Poder Ejecutivo a suprimir en el Ministerio de Salud
Pública hasta cuatrocientos cargos vacantes al 31 de diciembre de 1992 y
hasta mil doscientos cargos vacantes al 31 de diciembre de 1993, sin que
ello afecte las funciones vinculadas a la atención directa de la salud, y
previa regularización, en cargos vacantes de los suplentes y contratados
de conformidad a normas vigentes.

  El producido de las economías resultantes de las supresiones a que
refiere el inciso anterior, será aplicado al financiamiento de los
incentivos establecidos en los artículos 305 y 306, dando de baja por
igual monto las partidas a que refieren dichos artículos.

  Lo precedentemente dispuesto se ajustará a las reglas del debido proceso
y en ningún caso afectará los derechos y garantías de los funcionarios.
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