SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Los funcionarios médicos que revistan en el escalafón A del programa 002 "Prestación Integral de los Servicios de Salud" que efectivamente presten funciones en el mismo, recibirán un incentivo por productividad médica, calculado porcentualmente sobre el sueldo básico, en las condiciones que establezca la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo, atendiendo a la asiduidad, calidad de la prestación y productividad por actividad médica cumplida. Los parámetros a adoptarse tendrán en cuenta las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Créase a tal efecto, una partida de N$ 2.776:000.000 (nuevos pesos dos mil setecientos setenta y seis millones), destinada a incrementar el renglón 0.6.4.401 "Asiduidad", el que pasará a denominarse incentivo por Productividad Médica". Créase asimismo una partida de N$ 1.062:000.000 (nuevos pesos un mil sesenta y dos millones), la cual será disminuida en su mismo monto del programa 002 "Prestación Integral de Servicios de Salud" proyecto Nº 770 "Hospital Pasteur". Plan de Inversiones Públicas 1993, financiado con endeudamiento externo.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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