RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 01/11/1992
Publicación: 17/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 768
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 280

    El Ministerio de Educación y Cultura, a propuesta de la Dirección
General de Registros, podrá crear hasta ocho cargos de Especialista IV
Digitación, escalafón D, grado 6, en los que serán designados funcionarios
de la referida Dirección, actualmente afectados a la tarea de digitadores,
suprimiéndose los cargos y funciones contratados que ocupaban los
mismos así como el número de vacantes disponibles en el último grado del
escalafón C, que compense el aumento de crédito generado.
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