RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 488

   Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar el pago de
las deudas por capital e intereses de la Administración Nacional de Usinas
y Trasmisiones Eléctricas (UTE) con el Banco Central del Uruguay,
existentes al 31 de diciembre del 1991, hasta por la suma de U$S
170.000.000, (dólares de los Estados Unidos de América ciento setenta
millones), quedando simultáneamente compensados hasta una suma concurrente
los adeudos del Estado con UTE por concepto de Fondo Energético Nacional.
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