RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION VII - RECURSOS

Artículo 453

    En virtud de la aplicación del artículo anterior, el Poder Ejecutivo
no aumentará la imposición existente, en cada rubro, al 1º de mayo de
1991.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 456.
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