RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 293

  Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a contratar dos
Técnicos en Relaciones Laborales asimilados al escalafón D - Especializado
- grado 12, con no más de dos años de haber obtenido el título de Técnico
en Relaciones Laborales, a efectos de que  presten servicios en el Centro
de Mediación y Conciliación de Conflictos Colectivos, unidad ejecutora
002, - Dirección Nacional de Trabajo -, por un lapso de un año.

  Las contrataciones referidas se realizarán de acuerdo al convenio
suscrito entre el Estado (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social) y la
Universidad Católica del Uruguay "Dámaso Antonio Larrañaga".

  Habilítase a tales efectos, un partida de N$ 18.617.424, (nuevos pesos
ocho millones seiscientos diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro), en
el renglón 021 del programa 002, - unidad ejecutora 002 -, Dirección
Nacional del Trabajo.
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