RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 256

   Facúltase al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos, (SODRE), programa 007, "Organismos de Espectáculos
Artísticos y Administración de Radio y Televisión Oficiales", para que
dentro de los noventa días siguientes a la fecha de promulgación de la
presente ley y previo dictámen de la Oficina Nacional del Servicio Civil y
de la Contaduría General de la Nación, adecue los cargos, las funciones y
las correspondientes remuneraciones del Sistema Nacional de Televisión, a
su nueva estructura orgánica.

    Autorízase, asimismo, al Consejo Directivo del Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión de Espectáculos, (SODRE), a transformar o crear
cargos o funciones que considere imprescindibles para la puesta en marcha
de la misma. A tal efecto podrá utilizarse el crédito derivado de la
aplicación de lo dispuesto por el artículo 375 de la Ley Nº 16.170, de 28
de diciembre de 1990, dando cuenta a la Asamblea General.
Ayuda