SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 249
Prorrógase por un plazo de ciento ochenta días, a partir de la
promulgación de la presente ley, la excepción establecida en el artículo
371 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990.