LEY DE EMPRESAS PUBLICAS




Promulgación: 01/10/1991
Publicación: 07/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 407
Reglamentada por: Decreto Nº 548/991 de 09/10/1991.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES ESPECIALES

Artículo 31

   La Administración Central, los Entes Autónomos y Servicios
Descentralizados comunicarán circunstancialmente a la Asamblea General por
la vía correspondiente, y dentro de los tres días hábiles, de las
contrataciones efectuadas. (*)
Referencias al artículo
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