PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS
INTENDENCIAS MUNICIPALES

Artículo 712

    El Gobierno Nacional a través de Rentas Generales aportará para el
pago de los aportes patronales de cargo de los Incisos 80 a 97
(Intendencias Municipales del Interior) que se generen a partir del 12 de
enero de 1991, las partidas siguientes:

- Para 1991: N$ 12.000:000.000 (nuevos pesos doce mil millones).
- Para 1992: N$ 10.400:000.000 (nuevos pesos diez mil cuatrocientos
  millones).
- Para 1993: N$ 10.400:000.000 (nuevos pesos diez mil cuatrocientos
  millones).
- Para 1994: N$ 9.600:000.000 (nuevos pesos nueve mil seiscientos
  millones).

    Dicha cantidad se distribuirá entre estas Intendencias, en proporción
a los funcionarios que cada una tuviera a la fecha de aprobación de la ley
16.127, de 7 de agosto de 1990.
    Dichas partidas se ajustarán conforme a lo dispuesto por los artículos
69 y 70 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986.
    El importe de esta transferencia será acreditado por el Ministerio de
Economía y Finanzas, directamente al Banco de Previsión Social.
Referencias al artículo
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