PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 682

    En las inscripciones de nacimientos y defunciones efectuadas dentro
del respectivo plazo legal en las que exista el certificado médico
requerido por la legislación vigente, no se exigirá la comparecencia de
testigos.
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