SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 413
Las vacantes existentes al 31 de diciembre de 1990 en las unidades
ejecutoras 001, "Administración Superior", 065 "Comisión Honoraria de
Lucha contra la Hidatidosis", 066, "Servicio Nacional de Sangre" y 067,
"Escuela de Sanidad Dr. José Scoseria" del programa 001, "Política de
Salud", se destinarán a la presupuestación de los funcionarios contratados
eventuales de esa unidad a la fecha indicada.
A tales efectos y previo informe de la Contaduría General de la Nación,
el Poder Ejecutivo podrá realizar las transformaciones, fusiones o
escisiones de cargos necesarias con la única limitación de que ello no
implique incremento del gasto.