PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 355

   La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación, determinará
la fecha de instalación de las nuevas Fiscalías Letradas Nacionales y
Departamentales creadas por la presente ley, y provisoriamente fijará los
nuevos turnos, así como el régimen de distribución de expedientes en
trámite, si fuere menester, todo sin perjuicio de su homologación por el
Poder Ejecutivo.
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