SECCION II - FUNCIONARIOS CAPITULO II - ESCALAFONES Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA
Artículo 33
Incorpóranse al escalafón E Personal de Oficios, los cargos y funciones
vacantes de la serie Chofer y Tractorista, que figuran actualmente dentro
del escalafón F Personal de Servicios Auxiliares. La Contaduría General de
la Nación realizará las adecuaciones pertinentes.