PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 141

   Créanse en la unidad Ejecutora "Dirección Nacional de Comunicaciones",
del programa 110, "Coordinación y Control de los Servicios de
Radiocomunicaciones y Afines", los siguientes cargos cuyo desempeño será
en régimen dedicación total:

 1   Asesor Abogado                                     A     20
 1   Director División Contador                         A     20
 2   Asesor Ingeniero                                   A     20
 1   Subdirector División Ciencias Económicas           B     19
 1   Jefe Departamento Analista Programador             B     17
 1   Técnico Bibliotecólogo                             B     15
 1   Técnico Traductor                                  B     15
 1   Director División Administrativo                   C     19
 1   Subdirector División Administrativo                C     18
 7   Jefe Departamento Administrativo                   C     17
 7   Subjefe Departamento Administrativo                C     15
 6   Administrativo I Administrativo                    C     13
 7   Administrativo III Administrativo                  C     11
 5   Administrativo V Administrativo                    C     9
 1   Director División Electrónica                      D     19
 1   Subdirector División Electrónica                   D     18
 3   Jefe Departamento Electrónica                      D     17
 2   Jefe Departamento Op. Comunicaciones               D     17
 5   Especialista Electrónica                           D     15
 6   Especialista Op. Comunicaciones                    D     15
 1   Especialista I Dibujante                           D     14
 1   Especialista I Programador                         D     14
 1   Especialista I Operador                            D     14
 5   Especialista II Electrónica                        D     13
 8   Especialista II Op. Comunicaciones                 D     13
 2   Especialista III Operador                          D     12
 6   Especialista IV Electrónica                        D     11
 6   Especialista IV Op. Comunicaciones                 D     11
 6   Especialista VI Electrónica                        D     9
 4   Oficial II Chofer                                  E     13
 1   Encargado Servicios                                F     14
 1   Auxiliar Servicios                                 F     11
 3   Auxiliar II Servicios                              F     9

   El monto de las retribuciones correspondientes a dichos cargos,
incluyendo la compensación máxima al grado y la compensación por
dedicación total, así como las cargas sociales y demás prestaciones de
carácter salarial, será reembolsado a Rentas Generales por la Dirección
Nacional de Comunicaciones con cargos a sus recursos extrapresupuestales.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 142.
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