PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1990 - 1994




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 10/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 759
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 137

   Declárase que a los efectos del artículo 193 del decreto ley 14.157, de
21 de febrero de 1974, previa liquidación y pago de los aportes
respectivos, son computables como años de servicio los cursados en el
Liceo Militar o en el Preparatorio Naval, sin que sea viable distinguir en
función del período en que ello tuvo lugar.
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