Exceptúase del requisito de la conciliación ante la Justicia de Paz,
previsto en el artículo 255 de la Constitución de la República, a todo
juicio iniciado o a iniciarse sobre cualquiera de las cuestiones referidas
en el artículo 69 de la ley 15.750, de 24 de junio de 1985 (Ley Orgánica
de la Judicatura y de Organización de los Tribunales).
TARIGO - FRANCISCO A. FORTEZA - JORGE TALICE - RICARDO ZERBINO CAVAJANI -
HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - JORGE PRESNO HARAN - LUIS BREZZO - RAUL UGARTE ARTOLA - ALBERTO ANDRE - JOSE VILLAR GOMEZ